Montesinos Viejo Asociados
Dedicados al sector alimentario
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¿#Smart_regulation en España? Un rápido ejemplo práctico.

En Montesinos Viejo no somos encargados de la administración de la cosa pública, cabe decir. Sin embargo, sí que dedicamos parte de nuestra pasión a estudiar, analizar y (si es necesario) discutir las nuevas regulaciones alimentarias que surgen desde las instituciones públicas, tanto europeas como nacionales o locales.

En los últimos años hemos asistido al crecimiento de un importante concepto inspirador para el poder legislativo. Una nueva forma de gestionar la creación y puesta en marcha de nuevas regulaciones (y planes estratégicos) desde las instituciones europeas. Hablamos de la #smartregulation europea  y, en concreto, de su aplicación al sistema alimentario, y de todo el magnífico trabajo que se está realizando desde la DG SANCO  a través del programa de puesta en forma de la regulación #regulatoryfitness.

No nos cabe ninguna duda de que el lector conoce al menos un buen ejemplo de un proceso de creación de normativa europea inspirada por estos principios: La publicidad de todos los documentos en el procedimiento, la apertura de datos y textos institucionales, los análisis de impactos, su perfecta localización dentro de una completa estrategia institucional, las altas posibilidades de participación es las tramitaciones… Por supuesto todo es siempre mejorable, pero el esfuerzo debe ser reconocido.

Así, y comenzamos con este artículo un debate:

¿Están estos esfuerzos y principios también inspirando las regulaciones nacionales españolas?

Hoy mismo analizábamos el nuevo proyecto de Real Decreto relativo a la información alimentaria de los productos a granel o envasados en el mismo comercio.Por si el lector no está familiarizado con ello, le diremos que este debate lleva muchos años abierto, más de lo que este autor puede recordar. Se trata con posturas enfrentadas, que quizás se han llevado casi siempre por canales algo informales, con un tremendo impacto en la forma de entender el sistema alimentario nacional (y global), con implicaciones en la forma misma de hacer la compra del ciudadano medio, de entender la distribución y el modelo de negocio empresarial de la distribución y de la producción, con implicaciones, por tanto, en el uso de materias primas y en el impacto medioambiental, con consecuencias directas e indirectas en otros muchos sectores y sistemas, como la implicaciones en el sector del envasado, en el de los materiales mismos (sector químico), de la tecnología de etiquetado, o hasta del canal HORECA.

Y aquí el análisis de impacto presentado en el Proyecto de Real Decreto:

“3. ANÁLISIS DE IMPACTOS 

3.1.- ADECUACIÓN DE LA NORMA AL ORDEN DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

 El presente real decreto toma su asiento en la habilitación contenida en el artículo 149.1, regla 13ª de la Constitución, dado el carácter marcadamente técnico de los requisitos regulados y la necesidad de establecer un marco normativo que garantice la unidad de mercado, así como al amparo de lo establecido en la regla 16ª, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.

 3.2.- IMPACTO ECONÓMICO Y PRESUPUESTARIO

 Los cambios introducidos en el nuevo Real Decreto no contribuyen a generar más gasto a las empresas.

 Desde un punto de vista presupuestario, la nueva norma no comporta alteración ninguna en relación a las actuaciones de las Administraciones Públicas con respecto de las que ya venía desarrollando conforme a la normativa vigente.

 3.3.- IMPACTO POR RAZÓN DE GÉNERO

 a. Identificación de los objetivos en materia de igualdad de oportunidades que son de aplicación

El proyecto de real decreto no tiene incidencia en materia de igualdad de oportunidades, pues su objetivo primordial es mejorar la información alimentaria que se facilita a los consumidores, como base para garantizar un alto nivel de protección.

 b. Análisis del impacto de género

 1) Descripción de la situación de partida

El proyecto de real decreto no posee impacto por razón de género, al limitarse, como se ha señalado anteriormente a desarrollar la facultad que otorga el Reglamento (UE) nº 1169/2011 a los Estados miembros para establecer los requisitos de información de los alimentos no envasados, no conteniendo medidas que afecten de modo inmediato a las personas físicas.

 2) Previsión de resultados

 Tal y como se ha señalado en el apartado precedente, los cambios operados por la implementación del proyecto de real decreto se limitan a mejorar la información alimentaria facilitada al consumidor sobre alimentos no envasados, sin incidencia sobre la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

 3) Valoración del impacto de género

 El impacto por razón de género del proyecto de real decreto, en consonancia con lo expuesto anteriormente, es nulo.

 3.4.- OTROS IMPACTOS

 No existen otros impactos que no sean los anteriormente descritos. “

 

Eso es todo. Ése es el análisis de impacto realizado. Al menos ése es el análisis de impacto realizado que ha sido publicado. Nos gustaría decir que este es un ejemplo aislado pero, desgraciadamente, por el momento no podemos hacerlo.

El análisis de impactos, así como el resto de elementos establecidos en la propia Comunicación de la Comisión sobre una Normativa Inteligente para Europa,  deben ser herramientas esenciales en la generación de nuevas políticas públicas y nuevas regulaciones. La inclusión del análisis y la apertura pública a las verdaderas necesidades de todos los sectores y subsistemas directa e indirectamente implicados en una nueva regulación es la clave del éxito político y empresarial. La clave para la sostenibilidad en un mundo cambiante como nunca antes lo ha sido. La clave para poner nuestro sistema y sector alimentario a la cabeza de la competitividad internacional y, mejor aún, a la cabeza de la sostenibilidad e innovación social y empresarial.

En Montesinos Viejo vamos a seguir analizando todos y cada uno de los nuevos proyectos normativos alimentarios que salgan de las instituciones. Asesorando a nuestros compañeros en el camino, las empresas y las instituciones, para conseguir analizar el impacto, prever las consecuencias y definir la estrategia, bajo la más clara y pragmática visión posible. En Montesinos Viejo estamos para ayudar.

(El presente artículo ha sido extraído de nuestro anterior blog, y se publicó en fecha 14/04/2014)